<<Biblioteca Digital del Portal<<INTERAMER<<Serie Educativa<<Desarrollo Sostenible en América Latina: La Sinergía entre el Financiamento y las Políticas<<Cumplimiento de la legislación ambiental en América Latina y el Caribe
Colección: INTERAMER
Número: 69
Año: 2000
Autor: Ramón López and Juan Carlos Jordán, Editores
Título: Desarrollo Sostenible en América Latina: La Sinergía entre el Financiamento y las Políticas
Recuadro 3
Acciones de vigilancia en Chile
El caso de la Corporación del Cobre de Chile ofrece un ejemplo de acción
de vigilancia exitosa contra una empresa estatal. El Comité Ciudadano por
la Defensa del Medio Ambiente y el Desarrollo de Chañaral denunció que
la autoridad gubernamental propietaria de la empresa minera El Salvador,
la más grande empresa de Chile, estaba violando su derecho constitucional
a un medio ambiente saludable al estar eliminando en forma “arbitraria
e ilegal” los desechos contaminantes de la planta metalúrgica de la mina
en el río Salado, lo que causaba una grave contaminación de la Bahía de
Chañaral y de la zona costera. La Constitución de Chile garantiza a toda
persona el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación
y es obligación del Estado mantenerse vigilante ante toda violación de
este derecho, a la vez que los ciudadanos pueden entablar una acción judicial
contra toda autoridad que la viole (denominada acción del Artículo 20).
En este caso, el tribunal, como fuera confirmado en una apelación ante
la Suprema Corte, dictaminó que, aunque la empresa estaba autorizada, ello
no justificaba la contaminación de las aguas y que la eliminación de desechos
violaba el derecho constitucional del Comité. El tribunal ordenó a la empresa
minera que pusiera fin al vertimiento de desechos en el Océano Pacífico.
Otra acción del artículo 20 fue dirigida contra el alcalde de Futrono por
la instalación “arbitraria e ilegal” de un vertedero de desechos sin cumplir
con las normas mínimas de saneamiento. Este caso es un ejemplo del uso
bien coordinado de los procedimientos administrativos y civiles. El denunciante
interpuso simultáneamente una demanda ante el servicio de saneamiento contra
el alcalde. El servicio falló en favor del denunciante, impuso una sanción
administrativa y ordenó la clausura del vertedero. Posteriormente, el tribunal
que dictaminó en torno a la acción del Artículo 20 tuvo en cuenta esta
decisión administrativa y dictaminó también en favor del demandante, ordenando
también la clausura y limpieza del sitio.