<<Biblioteca Digital del Portal<<INTERAMER<<Serie Educativa<<Desarrollo Sostenible en América Latina: La Sinergía entre el Financiamento y las Políticas<<Cumplimiento de la legislación ambiental en América Latina y el Caribe
Colección: INTERAMER
Número: 69
Año: 2000
Autor: Ramón López and Juan Carlos Jordán, Editores
Título: Desarrollo Sostenible en América Latina: La Sinergía entre el Financiamento y las Políticas
Recuadro 6
FUNDEPÚBLICO
La Fundación para la Defensa del Interés Público (FUNDEPÚBLICO), creada
en 1989, es una organización no gubernamental de Colombia que tiene el
objetivo de defender los derechos públicos de la sociedad mediante acciones
judiciales. Luego de la publicación de un libro sobre acciones populares
en 1989 por parte de su Presidente, Germán Sarmiento, FUNDEPÚBLICO se concentró
en las acciones populares y luego también en las de tutela. Recientemente,
FUNDEPÚBLICO ha establecido un fondo legal para el medio ambiente destinado
a financiar las acciones judiciales y de otro tipo encaminadas a defender
el medio ambiente. El Fondo está parcialmente financiado por compensaciones
monetarias que recibe de las acciones populares (del 10% al 30% de las
compensaciones pecuniarias).
La primera acción popular de FUNDEPÚBLICO se interpuso contra una empresa
química del Estado, Alcalis de Colombia. De acuerdo con la entidad local
de medio ambiente, la empresa era la principal fuente de contaminación
industrial del río Bogotá, pues vertía los contaminantes en violación de
las normas ambientales. La acción dio lugar a una orden judicial de suspensión
de todo vertimiento de este tipo y se llegó a un acuerdo sobre la clausura
eventual de la planta contaminante. Otras acciones populares iniciadas
por FUNDEPÚBLICO se encaminaron contra una planta química que contaminaba
la bahía de Cartagena y contra una gran empresa maderera que operaba ilegalmente
en la reserva indígena de Chagerado, en el departamento de Antioquia. Otra
acción popular se interpuso contra Cementos Diamante, que dio lugar a una
orden judicial por la que debía instalar un filtro para controlar la contaminación.
FUNDEPÚBLICO inició acciones de tutela contra autoridades del Estado en
los casos en que se habían violado los requisitos procesales, como la no
preparación de una evaluación ambiental o la no presentación de la misma
a la comunidad afectada. Estas omisiones constituyen infracciones de los
derechos fundamentales al debido proceso y están sujetas a la acción de
tutela. Asimismo, la realización de actividades sin los permisos y licencias
pertinentes o sin cumplir las condiciones impuestas en los permisos puede
constituir una violación del derecho constitucional a un medio ambiente
saludable y está sujeta a la acción de tutela.